Hoy en día, prácticamente todo el mundo utiliza su tarjeta de crédito con normalidad y habitualmente pero, hay una serie de cosas prácticas, 7 en concreto importantes que deberías saber sobre su utilización y estas son:
1- Ahora ya no suelen ponerlo pero, que sepas que, es abusiva y nula si hay en el contrato una clausula que diga más o menos que, «el banco se exime de toda responsabilidad por pérdida o sustracción de la tarjeta de crédito antes de que el titular (tu) notifiques su pérdida.
2.- La Entidad debe de poner a tu disposición los medios adecuados y gratuitos que te permitan comunicarle la pérdida o robo de la tarjeta..
3.- La entidad de crédito esta obligada a impedir cualquier utilización de este medio de pago una vez se haya realizado la notificación de pérdida o robo, así salvo en caso de actuación fraudulenta, tú como titular de la tarjeta de crédito no soportarás ninguna consecuencia a partir de la notificación.
4.- IMPORTANTE. Antes de la comunicación de la pérdida o sustracción de la tarjeta el consumidor, es decir tu, soportará un máximo de 150€ derivadas de la utilización fraudulenta de la tarjeta extraviada o perdida, salvo negligencia tuya, claro esta.
5.- Cuando como titular de la tarjeta tengas conocimientos de que se ha producido una operación de pago no autorizada o realizada incorrectamente tendrás que comunicarlo, sin retardo injustificado, a la entidad con la finalidad de poder obtener una rectificación. El límite máximo es de 13 meses desde la fecha de endeudamiento o abono.
6.- Cuando niegues haber autorizado una operación de pago ya ejecutada o, alegues que, esta se ejecutó de manera incorrecta, ¡Ojo es importante que sepas! que…corresponderá a la entidad demostrar que la operación fue autenticada, registrada con exactitud y contabilizada. El registro por la entidad de la utilización de la herramienta de pago no será necesariamente suficiente para demostrar que la operación de pago fue autorizada por el ti , ni que actuaste de manera fraudulenta o que incumpliste deliberadamente o por negligencia una o algunas de sus obligaciones
7.- En caso de que se ejecute una operación de pago no autorizada y sin perjuicio de los daños y perjuicio que pueda dar lugar, la entidad de crédito tendrá que devolverte de inmediato el importe de la operación no autorizada.