El derecho al desistimiento en contratos de consumo

El derecho de desistimiento es uno de los derechos básicos básicos que tiene el consumidor, es un derecho irrenunciable, es decir son uno de aquellos derechos que, para proteger al consumidor incluso de sus propias acciones en un  momento dado no puede prescindir de él aunque así lo haga expresamente o, aunque se «invente» alguna artimaña para «saltarse» ese derecho la Ley sigue protegiéndolo como si no hubiera intentado ninguna «triquiñuela»…

Pero ¿en que consiste el derecho de desistimiento que tiene el consumidor?…pues básicamente, cuando el consumidor adquiriere un producto y/o le prestan un servició, si así lo indica la normativa, el contrato, la publicidad, la oferta o la promoción los consumidores y usuarios tienen la facultad de dejar sin efecto el contrato sin tener que dar ninguna explicación o justificación sobre los motivos que le han llevado a desistir del contrato siempre que lo hagan dentro del plazo que tiene para hacerlo. Si lo hace dentro del plazo que tiene para desistir no recibirá ningún tipo de sanción ni penalización por ello, porque cualquier clausula que lo penalice se tendrá por nula. 

Por lo tanto el consumidor que ejerza este derecho dentro del plazo no tendrá que indemnizar ni resarcir al empresario por el desgaste o deterioro del bien o por el uso del servicio.

Cuando no exista una norma concreta, aplicable a un sector determinado se aplicará lo diga el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios ( en adelante TRLGDCU).

Cuando la norma así lo establezca la normativa, el empresario, en el redactado del contrato deberá recoger este derecho de forma clara  y comprensible que el consumidor tiene este derecho de desistimiento,  además el empresario deberá entregar un de escrito para que el consumidor se lo devuelva cumplimentado en caso de que decida ejercer este derecho. Además es el empresario quien ha de probar que el contrato contiene la el derecho a desistir y que le ha entregado un documento al consumidor por si desea  desistir pero, deberá ser el consumidor quien deba demostrar en su caso que ha ejercido este derecho de desistimiento.

Una vez ejercido, en su caso el derecho de desistimiento las partes deberán restituirse recíprocamente el objeto del contrato y los rendimiento si los hubiere y el precio pagado más los intereses correspondientes y los gastos necesario que se hubiera realizado en el bien

Salvo que una norma de un ramo o sector especifique otro el plazo de desistimiento  será de 7 días desde la entrega del producto o prestación del producto. Si el  empresario no hubiera advertido o comunicado al consumidor que posee este derecho el plazo se alargará a 3 meses. Este derecho desistimiento es independiente de las acciones de nulidad o resolución del contrato cuando se den los supuestos para ello

Una vez ejercido el derecho de desistimiento las partes tendrán como máximo 30 días para la restitución.

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