Como siempre a destiempo pero bienvenidas al fin y al cabo….que bien hubieran sido recibidas si se hubiesen declarado abusivas hacia el año 2007…cuantos disgustos se hubieran ahorradosmuchos…¿no?…en fin, como siepre digo hay lo que hay nos pongamos como nos pongamos…
El «Eleconomista» publicó estas sentencia donde 30 nuevas clasulas se consideran abusivas…muy interesante y educador….
«El Tribunal Supremo considera abusivas 32 cláusulas de contratos hipotecartios de BBVA y Banco Popular, tras una acción colectiva interpuesta por la OCU. La sentencia exige modular, en función de la duración y cuantía de una hipoteca, las cláusulas de vencimiento anticipado, que facultan a la entidad bancaria a pedir anticipadamente la devolución de la totalidad del préstamo por el impago de una parte de cualquier cuota. «No permite al consumidor evitar su aplicación mediante una conducta diligente de reparación y posibilita la resolución del préstamo por el incumplimiento de un solo plazo, incluso parcial», subraya.
El Supremo rechaza, así, la validez general de esta cláusula y apela a las circunstancias particulares de cada caso para declararlas nulas, por abusivas. Sin embargo, la sentencia, de 23 de diciembre de 2015, apunta que «la nulidad no siempre conllevará el sobreseimiento de la ejecución hipotecaria».
El fallo destaca que «la tutela de los consumidores aconseja evitar interpretaciones que, bajo una apariencia de máxima protección, tengan como consecuencia paradójica la restricción del acceso al crédito hipotecario y, derivadamente, a la adquisición de vivienda en propiedad». Además, invoca el principio de equilibrio y alerta de «lo inadecuado de obligar a las entidades, ante comportamientos de flagrante morosidad, a acudir en exclusiva al procedimiento declarativo para obtener la resolución del préstamo, con cierre de la vía ejecutiva especial prevista».
El Supremo recuerda que, de no acudir a esta vía ejecutiva especial, se privaría al deudor de «las ventejas» que contiene este procedimiento. En este sentido, apunta a la posibilidad de la fijación de un límite de tasación para la subasta o las posibilidades de liberar la vivienda.
Costes para los titulares
La sentencia del Supremo considera nulas todas aquellas cláusulas que «imponen al consumidor todos los costes derivados de la concertación del contrato como consecuencia de la intervención notarial y registral y el pago de los tributos en los que el sujeto pasivo es el banco, como sucede en determinados hechos imponibles del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados». Además, el magistrado Vela Torres, ponente del fallo, también rechaza todas aquellas que impongan al cliente el pago de los gastos procesales o de los honorarios de abogado y procurador que contrate la entidad bancaria.
Por otra parte, el Tribunal mantiene, en materia de interés de demora, la declaración de nulidad de los tipos fijados que sean considerados abusivos. También mantiene su criterio en cuanto a las cláusulas suelo, que son abusivas cuando no cumplen los requisitos de transparencia aplicables.»
Esperemos pues que para algunos aún sea a tiempo y, en consecuencia, pueda beneficiarse de la nulidad de todas estas «nuevas» clausulas consideradas abusivas
Se puede considerar abusiva una cláusula que es que se tiene que pagar en la última cuota de una hipoteca 36.000€. La ultima cuota del mes agosto del 2035. Para ser mas exactos. Yo la considero abusiva. Es más si el piso no tiene ni el valor de la hipoteca, en su día tasaron alto para que saliera refinanciación. Ahora el piso tiene el valor real en el mercado inmobiliario de un tercio de lo que se debe de hipoteca. Entonces la hipoteca fue y es un engaño. Y más con esa cláusula a mi parecer. Eso fue la guinda del pastel. Me puede asesorar sobre el tema? Gracias.
Hola Beatriz,
En mi opinión, una cláusula abusiva, es una cláusula impuesta unilateralmente, sin posibilidad de negociación por el banco.
Este dudo que sea el caso, supongo que negociaste, por el motivo que fuese… ya sean por motivos de esperada periocidad de cobros (en aquel entonces) o, esperando un cobro, herencia, ingreso etc que facilitaria el pago en aquel entonces, aligerando hasta entonces la carga de la hipoteca o, también que, por vuestra edad he ingresos el plazo máximo era ese y la cantidad los mencionados 35.000€ sea lo que no podáis pagar en ese plazo…
Dudo mucho (sería la primera vez que lo veo en mi vida- y he acompañado a la firma unas 800 hipotecas) que sea de imposición unilateral como puede ser un tipo mínimo de interés, una comisión…que suelen estar impuesta además a todoun conjunto de clientes y no sólo a uno…
Creo(he trabajado, además más de 10 años en Notaria) que uno puede firmar «libremente» una hipoteca…y que el banco si bien es cierto que abusa y mucho…no tiene culpa (de toda) la crisis y de que posiblemente, puedo equivocarme, como les ha pasado a muchos…la raíz del problema parte de que se firmó una hipoteca que nunca se debió firmar…vosotros queriais (en su día) la casa y el banco os dió una financiación, una cantidad elevada que apenas (aunque se daba y vosotros -y muchos más-queriais) podiais pagar y la crisis aminoró o anuló ingresos y aquí empezó todo…después, además, el mercado barrió el valor de la vivienda…y después estaba, a lo mejor, el coche y otras deudas y atrasos …y el banco o vosotros quiso meterlo todo en uno…
Obviamente, sé lo complicado que es para muchos esta situación y lo mal que en muchos casos ha actuado el banco…pero ello no implica que sea el culpable de todos los males ,en todos los casos……y no es como las preferentes en donde existe un producto de por medio de difícil comprensión sino que una hipoteca y lo que implica hipotecarse todo el mundo lo sabe…por lo que no niego que puda haber cláusula abusiva pero, de entrada a mi me cuesta (por lo expuesto de que es para mi una cláusula abusiva) que pueda entenderse esta como tal…me suena más bien, haciendo un simil con los coches, cuando en muchos anuncios pone (ej. mercedes) 3500€ de entrada, 46 cuetos de 239€ y una cuota final de 7500€…(y esto no es considerado una cuota abusiva sino una condición para facilitar la financiación después… lo compras si puedes o quieres o no…) no me has dicho nada del tipo de interes sea abusivo tampoco…
¿Es abusivo?…la «cuota final» es alta no, altísima pero…también debería ser altísima la cantidad inicialmente solicitada y colocada dentro de los pagos habituales de la hipoteca y que aceptastéis, en su día pagar…
Habría que ver, como hará en su caso el Juez, analizar las condiciones iniciales y las circunstancias que os han llevado a esta deuda…y sobretodo de donde sale esa cantidad final de 35.000€…
Si ha de «caer» en el sentido que no vais a poder asumirla…la pregunta sería vale la pena pagarla…te aconsejo que leas (si quieres, por supuesto) https://pedrosomacarrera.com/tienes-atrasos-en-la-hipoteca-y-el-banco-te-propone-un-trato-piensalo-bien/
Un saludo y suerte Beatriz
Pedro