Suele pasar y es, además lo más lógico que, una vez hemos hecho nuestra declaración de renta y, comprobamos agradablemente que, en lugar de tener que pagar «un añadido» a las retenciones que ya se nos han realizado a lo largo del año, en la nómina o trimestrales, nos van a devolver una parte de las retenciones que nos han realizado…
Porqué perdón por el comentario, si lo ves innecesario pero yo me he encontrado en más de una ocasión personas que creen que hacienda les va, o les puede , devolver más de lo que le han retenido y, eso…por desgracia no es así, hay que aclarar que, en una declaración de renta sólo nos pueden dar a devolver si es que nos han retenido previamente y, en el mejor de los casos, nos pueden devolver TODO lo que nos han retenido pero, NUNCA más de lo que nos retuvieron a lo largo del año…
Como decía, suele suceder que, una vez hemos presentado la declaración y sabemos que nos han de devolver esperamos con «ansia» el momento de la devolución… ¿ primero a principio o mediados de verano?…¡bien!… con un poco de suerte nos servirá para pagar las vacaciones o los gastos de los libros de la vuelta al cole…
Cuando llega el mes de septiembre y vemos que no, que no me ha llegado….entro en la página web de la agencia tributaria (aqui) introduzco los datos que me solicitan para ver cual es su estado y…»su declaración se esta tramitando«…. vaya….pues habrá que esperar… entonces me acuerdo que tengo activado (lo hice al introducir mi número de móvil en la declaración de la renta…) el servicio de comunicaciones de la agencia tributaria por lo que recibiré un aviso por SMS…y va pasando los días y las semanas…y con ello los meses…
Yo sé que, el plazo para abonarme la devolución por parte de la agencia tributaria sin intereses acaba el fin de año...por lo que a medida que se acerca la fecha….
Y llegamos aproximadamente al 15 de diciembre y, por experiencia yo ya sé que sólo, normalmente puede pasar dos cosas…
a) La mejor, sobre el 20-24 de diciembre recibimos, felizmente, un SMS de la AEAT en la que de forma simple y clara se nos informa que «SE HA ORDENADO EL PAGO DE SU DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS DEL EJERCICIO 2015«….
b) Desgraciadamente del 15 al 23 recibimos una carta certificada de la Agencia Tributaria diciéndonos, por ejemplo que, por discordancia entre los datos declarados y los que obran en poder de la Agencia se ha decidido abrir un procedimiento de comprobación limitado por lo que en el plazo de «x»… deberá presentar la siguiente documentación ….para realizar la comprobación…»….
Mala suerte en este último caso, muy mala suerte porque, aunque se trate de presentar un simple certificado o documento acreditativo que tenemos y se nos ha olvidado de reflejar en nuestra declaración lo que no tendría más complicación…dado el nivel de «atasco» en la que normalmente se encuentra inmersos los servicios de inspección…podemos estar más de un año esperando nuestra devolución y, lo que es peor, en el caso de que la declaración del próximo ejercicio también nos deban devolver, no nos lo devolverán hasta que no se aclare quien tiene razón respecto lo declarado en la anterior declaración pendiente de abono…por lo que podemos iniciar, desgraciadamente….una travesía por el desierto… esperando a tener noticias de la Agencia Tributaria…una vez que haya sabido cuadrar y colocar todas las piezas de nuestro puzzle fiscal….
Si necesitas ayuda, te puedo ayudar
Del 30 del 5 del 2020 .estoy esperando una restificacion de autoliquidación y nada ni sms ni correo ni nada es una cantidad elevada . tendrá q ver la cantidad ? O eso tarda más de 6 meses
Hola Socorro,
Las rectificación para solicitar un menor ingreso o una mayor devolución tienen, como bien dices un plazo de resolución de seis meses, a contar desde la fecha de presentación de la solicitud en el Registro. Si la verificación no hubiera finalizado en ese plazo, o no se hubiera dictado resolución expresa, la solicitud podrá entenderse desestimada por silencio administrativo.
Un saludo y suerte
Pedro
Gracias..pero silencio administrativo q quiere decir? Q no me lo van a devolver
Hola Socorro
Que en principio no te dan la razón si están más de 6 meses sin contestar, salvo que hayas rectificado no por iniciativa propia, sino que a raíz de inicio de un procedimiento. En este caso sí tienen contestarte motivadamente.
Saludos
Pedro
Si .por iniciativa propia a ver si me dicen algo pronto .gracias
buenas tardes:
tras recibir la » paralela» y alegar que » no alego», cuanto tardarán en ingresarme el importe de mi declaración paralela que me sale a devolver????
gracias
Buenos días Manuel Ángel,
Depende de la saturación de la delegación que gestione tu requerimiento en cuestión, pueden ser semanas o meses.
Un saludo
Pedro
Hoy me llego un mensaje de hacienda de que a ordenado el pago cuanto tiempo tarda en hacer el ingreso en mi cuenta ?
Hola Laura,
Supongo que entre 24-48h lo tendrás en tu cuenta
Un saaludo
Pedro
basconllamasmariadelmar@gmail.com hola buena mira una pregunta me ha llegado un aviso donde se ha ordenado el pago de su devolución del impuesto la renta de personas físicas 2020 pero ahora en el Estado de la renta pone se …… Se ha realizado descuento sobre la devolución y no resta alguno ha devolver mi pregunta es a que le hago caso al aviso o al Estado?
Hola María,
Sí, desgraciadamente, cuando tienes una deuda con la administración, especialmente con la Agencia Tributaria, aunque no únicamente, se «se cobra» todo o parcialmente con la devolución compensando dicho importe.
Un saludo
Pedro
Hola b dias me envían el mensaje el pago de su devolución y por otro lado me voy a la web y dicen que no resta a devolver después de descuentos,para que envían mensaje diciendo que van a devolver,se han vuelto locos?, o devuelven o no, a quien hago caso?
Hola Chari,
El mensaje sale automático y, si existen cuentas pendientes con hacienda (no sé si es el caso) se cobran o compensan con las devoluciones.
Saludos
Pedro