Otra manera de intentar evitar el desahucio…

Hombre, nueva, nueva no lo es…

Hace ya un tiempo que esta ahí…

Y no es de aplicación objetiva, es decir, no es de aplicación automática si se cumplen determinados parámetros..

No, no es tan fácil…¡ojalá!…

Depende de varios actores…

Depende de un contexto y situación determinada…

El contexto o ámbito de actuación esta dentro del procedimiento judicial de…»quiebra familiar»..

Se han de cumplir las diversas condiciones objetivas y subjetivas que nos permitan acudir a este procedimiento…

El administrador concursal de la familia siempre que, independientemente del numero de deudas existentes y ,siempre que, la hipoteca se pague correcta y puntualmente  puede proponer que la hipoteca (y en consecuencia la vivienda quede al margen de los avatares del concurso puesto que esta al día y se paga correctamente…

Si a esta petición nadie se opone por no considerarse perjudicado el Juez lo acepta y a partir de ese momento…

Sólo se discute las quitas y los aplazamientos del resto de las deudas de los deudores o incluso, llegado momento y, en caso de que no se llegue a un acuerdo o convenio con el resto de acreedores se puede llegar a a liquidar el patrimonio del los deudores pero dejando al margen en todo momento la hipoteca y, en consecuencia la vivienda…

Los Jueces de lo Mercantil de los Juzgados de Barcelona al parecer hace tiempo que apostaron, siempre que legalmente se pueda hacer una interpretación flexible que permita a los deudores conservar la vivienda…

Abriendo, así otra vía de «escape»  a las familias que les permita poder conservar su vivienda a la vez que reestructuran  su deuda para facilitar su cumplimiento…

Esto no siempre es posible, que conste, se han de dar determinados requisitos y circunstancias entre ellas que la hipoteca este al día y que se pague y cumpla con ella correctamente y que el resto de acreedores no se oponga y el Juez lo acepte….

A estas alturas cualquier ayuda, aunque no sea definitiva se agradece….

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