Para empezar diremos que toda deuda ha de ser pagada y que la no presencia en el Registro del ASNEF (cuyas siglas corresponden a la Asociación Nacional de Entidades Financieras) no implica que se haya pagado si es que no ha sido así puede implicar que no es correcta o que, se ha conseguido «burlar» al registro o al acreedor para que lo saquen pero…si se debe, se debe… (aquí)
Quiero decir con lo anterior que, si la permanencia en el registro es de 6 años, el transcurso de este tiempo y la consecuente salida de este por el mencionado transcurso del periodo temporal no implica que, la deuda se haya extinguido…
Asimismo y, siendo consecuente con lo anterior, no son pocas (más bien todo lo contrario) las ocasiones en que por error introducen a una persona en el mencionado registro de morosidad o bien, la cuantía por la cual la es introducido esta en discusión o esta equivocada…y, en ese caso pero, sobre todo en el primero, es decir aquellos caso que se ha introducido por error en los que se crea una presunción que perjudica su honorabilidad y de no o subsanarse con celeridad puede perjudicar a la persona que, lógicamente tendrá derecho a exigir un resarcimiento…
Una vez dicho esto que afecta a la «moralina» de la situación diremos que, algunos pueden aprovechar la incorrecta «ejecución» los procedimientos formales para provocar, aunque en ocasiones sea solo circunstancial e, incluso por solo unos días la salida de los registros de morosidad…
¿como o porqué?…
Alegando el incumplimiento de algunos requisitos formales que debe cumplirse para que te introduzcan en el ASNEF, reitero, no estoy hablando que la deuda sea, discutible, inexacta o en el peor de los casos inexistente puesto que estos son legítimos motivos de impugnación..
Me refiero a que, a pesar de ser una deuda líquida, cierta, vencida y exigible, aprovechándose de errores, o acciones indemostrables se beneficien y logren salir …y, en muchos casos, por supuesto no todos, aprovechan este «lapsus» temporal para solicitar otra financiación…
El caso es que para poder entrar a las personas en este y en el resto de registros se ha de comunicar por carta previamente y si, la empresa que rara vez lo hace, no te envía un burofax, sino una simple carta …¿cómo puede demostrar que te comunicó?…y esa es la, o mejor dicho, una de las puertas de impugnación, el hecho de alegar que no fuese informado, previamente a su incorporación…
El Registro, evidentemente saca puntualmente del registro e inicia, esta vez sí, el procedimiento de forma fehaciente para introducirlo…ahora bien transcurren días, sino semanas y, el deudor mientras puede hacer o intentar solicitar financiación porque, seamos honestos…¿que sentido tiene alegar que no han cumplido los requisitos legales para introducirte en el registro y no alegar otros motivos de fondo o de peso para salir si es que no tienes pensado solicitar una financiación y no quieres salir en el Registro?…
Evidentemente también, sea cierto o no, puedes manifestar que no estas de acuerdo con la cuantía y, entonces el Registro suspende la inscripción y se pone en contacto con acreedor para consultar si es cierto o no… así como solicitar que la empresa acreedora demuestre la deuda que sirve de base a tu inscripción o, alegar que te han suplantado la identidad en cuyo caso, de ser cierto lo lógico es que muestre la lógica denuncia por este hecho…(cómo)
En fin, que poder se puede…cuanto menos intentarlo aunque, otra cosa es que sea correcto o legítimo y mucho menos definitivo salvo que te amparen verdaderos motivos de fondos
Por último puede suceder (y sucede) que aunque aunque te amparen motivos ciertos y demostrados ante el Registro este, sin motivo justificado (a pesar de que tú si que le has demostrado documentalmente que debe sacarte) no te saca…en este caso estas legitimado para ejercer tus derechos y denunciar al registro de morosidad ante la Agencia Española de Protección de Datos
Una empresa que dicen que te sacan de asnef dice que pueden vender tu deuda y pasar otros 6 años más aunque esta ya haya pasado los 6 años.
Mi pregunta es si es verdad y si pueden hacerlo.
Buenos días Ángel
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Gracias y un saludo
Pedro
Me han metido en asnef por una deuda de 450 euros. Por otto lado me estan reclamando 2000 euros. Quiero pagar Los 450 euros que aparecen en dicho fichero y mandar el justificante de pago a asnef Equifax creo que me sacaran. La pregunta es la enpresa me puede volver a meter por lo que falta asta los 2000euros?
Hola Mario,
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Pedro
hola buenas soy madre soltera con familia numerosa especial pedi cancelacion de los ficheros permanente y me dijeron primero k tenia k pagar 39.99 para solicitar los informes y una vez los tubieran me llamaban para ver si queria pagar la deuda o pararla temporalmente para cualquier financiacion k quisiera hacer y resulta k ahora me solicitan k pague 207.55 euros esto es asi? porque no informan bien gracias
Hola Ana María,
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Pedro