Todos los años a partir del mes de abril hasta finales de junio, los «españolitos» tenemos una cita con la Agencia Tributaria…Hemos de rendir cuentas y, en su caso, pagar impuestos respectos de nuestra actividad en el año anterior.
Evidentemente es un momento que habitualmente nos desagrada e incluso puede llegar a ser traumático.
Estoy seguro que más de una vez te habrás preguntado…»¿Y los demás países desarrollados del mundo. declaran de forma parecida a nosotros?…
A esta pregunta ha quiso dar respuesta el prestigioso bufete de Abogados Deloitte quien este pasado verano realizó y publicó un magnifica e ilustrativo estudio comparativo entre 34 países del mundo y sus Declaraciones de Renta del que ahora copiamos sus conclusiones por interesantes e ilustrativas. ¡Gracias Deloitte!
Existen algunos aspectos similares a la hora de realizar el proceso de Declaración de la Renta. Otros factores, sin embargo, no son homogéneos país por país:
Todos los años a partir del mes de abril hasta finales de junio, los «españolitos» tenemos una cita con la Agencia Tributaria…Hemos de rendir cuentas y, en su caso, pagar impuestos respectos de nuestra actividad en el año anterior.
• Internet.. 27 de los países analizados permiten a los contribuyentes hacer la Declaración por vía electrónica. En España, esta opción sigue en aumento año tras año, permitiendo agilizar los trámites de presentación, así como las devoluciones. No obstante, en el 56% de los países, los contribuyentes recibela documentación de la Declaración por correo ordinario.
• Borrador con información previamente cumplimentada.. Más de la mitad de los países consultados reciben, en papel o a través de Internet, un borrador con información previamente completada. En España, está función la desempeña la Agencia Tributaria, siempre bajo petición del contribuyente. Además, nuestro país junto con
Dinamarca, Noruega, Suecia, Holanda y Bélgica, es elestado qué más información detallan al contribuyente.
• Información a completar.. La mitad de los países encuestados tienen de media 100 campos para cumplimentar. España es uno de los países que másinformación demanda al contribuyente con más de 700 campos, aunque no todas son aplicables.
• Nivel de dificultad.. La mayoría de los países analizados no consideran excesivamente complicado el proceso de elaboración de la Declaración. Sinembargo, en aquellos que sí lo consideran complejo emplean de dos a cinco horas para la elaboración de la misma. En España, este tiempo se reduce de una a dos horas.
• Declaración individual o conjunta. Más de la mitad de los países consultados aplica el principio de que cada contribuyente es responsable de su propia Declaración, independientemente de su estado civil. Los contribuyentes españoles, siempre que lo deseen, pueden realizar una Declaración conjunta.
• Número de declaraciones. En todos los países analizados se realiza, al menos, una Declaración anual sobre el IRPF. Corea del Sur destaca con hasta cinco declaraciones al año, mientras que en España,el contribuyente deben reportar adicionalmente y siprocede, los bienes en el extranjero, o el Impuesto sobre el Patrimonio.
• Posibilidad de deducciones.. Más de la mitad de los países, en los que se encuentra España, posibilitan a
sus contribuyentes deducciones fiscales.
•Presentación fuera de plazo.. Cerca del 45% de los países analizados sanciona a los contribuyentes que entreguen la Declaración de la Renta fuera de plazo.Lo mismo ocurre en España, y en función del tiempo transcurrido la cuantía a abonar variará.
•Liquidación. La mitad de los países, entre los que se sitúa España, efectúan el pago en el momento de la presentación de la misma.
• Pago de intereses.. Las autoridades fiscales pagan intereses sobre la cantidad a devolver en la mayoría de
los países (59%). En España, sólo se pagan intereses al contribuyente cuando la Agencia Tributaria lo hacer fuera de plazo.
• Inspecciones tributarias.. Gran parte de los estados analizados realizan, al azar, inspecciones tributarias a los contribuyentes. En España, estas inspecciones se pueden desencadenar por una Declaración que salga favorable al contribuyente, por excesivas deducciones, por ingresos de trabajo por cuenta propia, por los gastos de actividades empresariales, por estar sometido a un régimen fiscal de doble imposición o por disponer de bienes en el extranjero, entre otras cuestiones.